(*) Seguro obligatorio asociado al crédito, que cancela la deuda del cliente en caso de muerte o invalidez.
Si el cliente cuenta con un seguro de vida, puede endosarlo a favor del Banco de la Nación siempre que reúna las condiciones y características de la cobertura requerida. La solicitud de endoso se encuentra sujeta a evaluación por parte del Banco.
La información contenida en el simulador web es referencial y está sujeta a cambios.
La Información contenida en el presente documento, se proporciona con arreglo a la Ley N° 28587 y Resolución SBS N° 3274-2017
"Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero".